viernes, 11 de febrero de 2011

La banda del Cirio


Un pequeño pueblo navarro, Garísoain, ha saltado a los noticiarios y a las rotativas esta semana, al plantarle cara al arzobispado de Pamplona después de que éste se apropiase de la iglesia, la casa parroquial, el huerto, el atrio y la casa del cura.

Todo esto es consecuencia del artículo 206 la Ley Hipotecaria de (¡ojo a la fecha!) 8 de febrero de 1946 que dictamina que “El Estado, la provincia, el municipio y las Corporaciones de derecho público o servicios organizados que forman parte de la estructura política de aquél y las de la Iglesia Católica, cuando carezcan del título escrito de dominio, podrán inscribir el de los bienes inmuebles que les pertenezcan mediante la oportuna certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de los mismos en la que se expresará el título de adquisición o el modo en que fueron adquiridos”.

Parece raro que después de 65 años, esta ley no se haya derogado y sustituida por otra más actual. Pare aun más raro que, después de 65 en los que se pasó de la dictadura a esta supuesta democracia y de un estado católico apostólico y romano a un estado aconfesional, la iglesia católica se acoja a este articulo precisamente cuarenta años después de su entrada en vigor (digo 40 y no 65, porque me consta que en Castilla y León algunas iglesias fueron inscritas tras la llegada del PSOE al gobierno de la nación). O quizá no sea tan raro y precisamente esa fuera la causa que empezó este robo patrimonial a los numerosos pueblos españoles y quizá también sea por eso, que Navarra haya sido de las últimas. Porque no hay que olvidar que Navarra es la comunidad sede del Opus Dei y que allí, en teoría, los católicos gozan de mejor situación que en el resto del estado.

Este robo consumado, se ha producido en algunos casos con la connivencia de los ayuntamientos (muchos de ellos con alcaldes del Partido Patrincar), pero en otros muchísimos casos, sin que el pueblo y sus instituciones tuvieran constancia de la inscripción ya que este acto administrativo, no requiere información pública, ni notaría, ni publicación de edictos. Y todo por el módico precio de 30 € por cada registro.

Este caso de Garísoain, está siendo muy popular porque ya no sólo se trata de un edificio de culto sino de dos viviendas y un huerto además de la ermita. Pero no es el único. En mi pueblo se quedaron con la iglesia, el cementerio, la casa del cura que estaba deshabitada desde hacía más de treinta y cinco años y una huerta. La casa del cura, la sacaron a la venta justo dos años después de su inscripción (justo el tiempo que marca el artículo 207) aunque tardaron en venderla porque en dos subastas no hubo postores. La huerta la vendieron en pleno boom inmobiliario al módico precio de 162.000 euros. Llamativo es también el hecho de que el tejado de la iglesia se caía a cachos (bien es verdad que antes de vender la huerta) y fueron los vecinos con sus donaciones los que financiaron su reparación. También es llamativo que se dejaron hundir la ermita y que aún después de haber vendido la huerta y cobrado el talón, estuvieron racaneando para que fuera el ayuntamiento el que se hiciera cargo de su reconstrucción, eso sí, sin perder la propiedad. Total que, al parecer había un papel de donación de la huerta en el que se especificaba que la donación se hacía a la parroquia y no a la iglesia y que si se vendía se debía invertir en la parroquia. Aún así y según los creyentes, la reconstrucción costó 132.000 euros que sumados a los 18.000 que dice el cura que se le debían a él del tejado de la iglesia, dan un total de de 150.000 euros. Pero los más sorprendente aún es que no pierden ocasión de pasar el sobre del donativo para pagar la reconstrucción de la ermita.

Las consecuencias de este expolio pueden ser dramáticas. Porque ya no sólo se trata de quedarse con el patrimonio tradicional de los pueblos. Es que, en casos como el de mi pueblo, en el que el cementerio está pegado a la iglesia, se podría dar la circunstancia de que, si yo me muriera o quisiera que me enterraran allí, mis familiares tendrían un serio problema ya que probablemente el cura, con el que he tenido algún que otro rifirrafe, se negaría a que me enterraran en tierra “bendecida”. Y como tampoco hay cementerio civil porque el único que hay lo han escriturado a nombre de la iglesia, ¿Dónde me enterrarían?

La iglesia es de los pobres, pero sus pastores se comportan al más puro estilo siciliano.